La ex presidenta Cristina Fernández y el ex ministro de planificación Julio De Vido quedaron hoy a las puertas del juicio oral y público por corrupción con la obra pública, ya que la Cámara Federal confirmó sus procesamientos por asociación ilícita y defraudación al Estado en esa causa.
Fuentes judiciales informaron que la Sala I del tribunal de alzada confirmó además el procesamiento de los detenidos ex secretario de Obras Públicas José López y empresario Lázaro Báez e incluyó al ex subsecretario del área Abel Fatala, quien en primera instancia tenía falta de mérito.
Esto implica que la ex mandataria y el resto de los imputados quedaron a un paso del juicio oral y público en esta causa por presunta corrupción.
Los embargos alcanzaron los 10.000 millones de pesos para cada uno de los involucrados.
"La matriz delictiva se habría instrumentado a través de una estructura administrativa jerarquizada, donde la ex presidente no podía ignorar las especiales características de la maniobra. Ello así, puesto que conocía la estrecha relación de amistad de su marido (el ex presidente Néstor Kirchner) con Lázaro Báez y la extraordinaria evolución patrimonial del nombrado -ambas de público y notorio conocimiento-, que fue producto exclusivamente de la obra pública vial en su provincia", sostuvo el fallo.
Y "así como la circunstancia de que Báez recién comenzara a desarrollar dicha actividad empresaria al inicio de la gestión presidencial de su cónyuge (Néstor Kirchner), que luego perduró y se incrementó aun durante su propia gestión al frente del Poder Ejecutivo Nacional", añadió.
Al igual que en el caso de De Vido, por la "extraordinaria envergadura y progresión de las maniobras" que no podían pasar "desapercibidas", el fallo destacó "la elevada posición que ocupaba Cristina Fernández dentro de la estructura orgánica del Estado, la cual ofrecía mayores posibilidades de incidir -por el principio jerárquico- en la maniobra defraudatoria ejecutada con intervención de otros funcionarios subalternos, asegurando la continuidad de la misma durante su gestión de gobierno".
Cristina Fernández "ejercía el gobierno de la Nación y se encontraba en la cima de la estructura administrativa del Estado. Por tanto, todos los funcionarios que intervenían en el circuito de la obra pública eran sus subordinados y en particular el Ministro de Planificación Federal, que era la máxima autoridad en materia de obra pública vial, dependía directamente de la encartada".
Y por lo tanto -se añadió- "la ex presidente detentaba competencias para dar directivas e instrucciones al ex Ministro De Vido, y -ya fuera través de él o en forma directa- al Secretario de Obras Públicas, los subsecretarios del área y el titular de la DNV (Vialidad)", se advirtió.
Esta semana Ercolini dictó una segunda tanda de procesamientos para Martín Báez, el hijo de Lázaro, y para ex funcionarios de la Dirección Nacional de Vialidad.
Y los camaristas Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia confirmaron hoy la decisión tomada en diciembre pasado por el juez Julián Ercolini, donde se sostuvo la ex presidenta y los otros procesados "habrían formado parte de una asociación, la que habría funcionado al menos, entre el 8 de mayo del año 2003 y el 9 de diciembre de 2015, destinada a cometer delitos, para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de los fondos asignados a la obra pública vial, en principio, en la provincia de Santa Cruz".
En 151 páginas, la Cámara rechazó los cuestionamientos a la querella de la Unidad de Información Financiera (UIF) y dijo que no infringe norma alguna del ordenamiento jurídico.
En su voto, Bruglia sostuvo que "durante el período comprendido entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, se sucedieron múltiples irregularidades en la tramitación de los expedientes administrativos de las empresas vinculadas a Lázaro Báez, que además recibieron un tratamiento preferencial por parte de las instancias administrativas que tenían a su cargo el otorgamiento de los contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz, el control y supervisión de dichas obras y el libramiento de los pagos correspondientes".
"Lo cual habría significado para dichas empresas la obtención de un beneficio económico indebido, mientras que ocasionaba un perjuicio patrimonial para el Estado Nacional. Ello se verificó con una evidente conjunción de voluntades de distintos funcionarios públicos de importante jerarquía dentro de la Administración Pública Nacional y de la Provincia de Santa Cruz, que intervinieron en las esferas de sus respectivas competencias, accionando, permitiendo y facilitando la perpetración de las maniobras irregulares", añadió.
